¿ Me afecta ?
¿TIENES PERSONAL, COLABORADORES COMERCIALES, CLIENTES, EMITES FACTURAS, TIENES CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA, PÁGINA WEB, HACES VENTA ONLINE, CONTROL HORARIO MEDIANTE PROCEDIMIENTOS BIOMÉTRICOS, VEHICULOS CON GEOLOCALIZACIÓN, TRATAS DATOS DE MENORES, IMAGENES, SALUD, POLITICOS Y/O SINDICALES ?
¡ENTONCES…¡TIENES QUE CUMPLIR LA RGPD!
La RGPD tiene por objeto garantizar y proteger el tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor, intimidad y privacidad personal y familiar.
Su objetivo principal es regular el tratamiento de los datos y ficheros de carácter personal (independientemente del soporte en el cual sean tratados), los derechos de los ciudadanos sobre ellos y las obligaciones de aquellos que los crean o tratan.
¿Y la AEPD?
La AEPD, la Agencia Española de Protección de Datos, es el órgano de control del cumplimiento de la normativa de protección de datos dentro del territorio español con carácter general, existiendo otras Agencias de Protección de Datos de carácter autonómico en las Comunidades Autónomas de Cataluña y País Vasco.
La AEPD actúa con independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones, autofinanciándose con las sanciones que impone.
¿Qué implica para la empresa?.
Todas las empresas (y los autónomos) tienen que estar adaptadas a la RGPD. Para ello se requiere adoptar una serie de medidas técnicas y organizativas que garanticen la seguridad de los datos. Disponer del Registro de Tratamiento.
Implantar el cumplimiento de la Ley como cultura de la empresa a todos los niveles.
¿Quién debe cumplir la RGPD?
Todo el mundo debe cumplir la RGPD. Todos los profesionales autónomos, empresas, corporaciones o asociaciones que almacenen o utilicen datos de carácter personal están obligados a cumplir la RGPD.
NO CUMPLIR LA LOPDGDD SIGNIFICA:
• Ser sancionado
• Bases de datos obsoletas
• Estar al margen de la Ley
• Falta de procedimientos
• Improvisación como modelo
CUMPLIR LA LOPDGDD SIGNIFICA:
• Evitar sanciones
• Publicidad cuidada
• Optimizar procesos
• Mejorar la percepción del cliente
• Una imagen mas seria
• Seguridad para nuestro negocio y nuestros clientes
Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, impone una serie de obligaciones a los sectores de riesgo y a los movimientos de medios de pago. DATANORTE ha desarrollado un sistema de gestión que permite y facilita el cumplimiento de las obligaciones legales sobre Prevención del Blanqueo de Capitales. Pensada para pequeñas y medianas empresas, que permitirá el fácil cumplimento de una legislación exigente y novedosa, haciendo que los protocolos exigidos se realicen de forma sencilla e intuitiva.
Sujetos Obligados:
Entre otros sujetos obligados se encuentran
• Las entidades aseguradoras y corredores (Vida e Inversión )
• Las actividades de promoción inmobiliaria.
• Las personas físicas o jurídicas que actúen en el ejercicio de su profesión como auditores, contables externos o asesores fiscales.
• Los notarios, abogados y procuradores (Asuntos Inmobiliarios, Fondos, Valores, Aportaciones, Transacciones financieras, etc)
• Comercio de joyas, piedras y metales preciosos.
• Comercio de objetos de arte y antigüedades.
Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación
- Ninguna empresa podrá establecer ningún tipo de limitación, segregación o exclusión para el acceso por cuenta ajena, incluyéndose los criterios de selección, la formación para el empleo, la promoción profesional, la retribución, la jornada y demás condiciones de trabajo, así como en la suspensión, despido u otras causas de extinción de la relación laboral.
- Se prohíbe expresamente por parte del empleador el preguntar sobre las condiciones de salud del aspirante al puesto.
- Las empresas deberán implementar las medidas y/o instrumentos necesarios para poder detectar, prevenir y erradicar toda forma de discriminación que se pueda producir en el seno de la organización. Ahora bien, la representación legal de las personas trabajadoras deberá ser informada de las acciones de responsabilidad social destinadas a promover las condiciones de igualdad de trato y no discriminación.
- Inspección de Trabajo y Seguridad Social velará por el respeto del derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el acceso al empleo y en las condiciones de trabajo y, para ello, incluirá en su plan anual, el desarrollo de planes específicos sobre igualdad de trato y no discriminación.
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AUTORIDAD DE CONTROL AEPD
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